Interdictos por Violencia Doméstica

Interdictos por Violencia Doméstica

Una orden judicial de violencia doméstica puede servir como una solución temporal o permanente a un problema que una persona pueda tener contra otra. Muchas veces, ésta orden judicial puede usarse como una opción para que los miembros de la familia reciban ayuda temporal de la corte hasta que se pueda encontrar una solución más permanente, como el divorcio de una pareja abusiva. Por otro lado, la medida cautelar también puede servir como una solución permanente,  si el propósito de la medida acción  es dar a la víctima en el caso, una sensación de seguridad y protección de la corte, donde no existe una relación legal entre las partes, tal como un compañeros consensuales residiendo en la misma casa. 

Una persona que teme por su seguridad tiene derecho a solicitar una orden judicial por violencia doméstica y puede hacerlo ante el secretario del tribunal del condado en el que reside o donde ocurrieron los incidentes de violencia o amenazas. Al presentar esta orden judicial, el proceso para una audiencia generalmente se inicia y se realiza en una fecha posterior. Esto significa que probablemente se emitirá una orden temporal que será válida entre el momento de la solicitud y la aprobación, y la que se establecerá para realizarse la  audiencia con el juez. Una cosa a tener en cuenta es que la orden judicial primero debe ser aprobada por la oficina del secretario de la corte antes de que se programe una audiencia para tratar el asunto y  puede se emitan órdenes temporales. Si una persona presenta una solicitud de medida cautelar y no establece información creíble que haga que el tribunal acepte que es necesaria por falta de demostrar el peligro o riesgo que se corre, es posible que pueda ser desestimada antes de que realmente comience el proceso.  

Es importante tener en cuenta que una orden judicial no sirve como una herramienta de emergencia para amenazas inmediatas o incidentes de violencia. Para los casos en que una persona se encuentra en peligro inmediato, la mejor solución es ponerse en contacto con la policía y solicitar asistencia. Si se llama a la policía y hay evidencia de violencia, amenazas reales de violencia potencial o contacto físico entre las partes, entonces es más que probable que arresten a algunos de los implicados. Sin embargo, debe tener  cuidado, porque en algunos casos, la persona que llama a la policía podría ser la persona arrestada si hay prueba de que es  el agresor. A menudo se puede ver  ésta situación, cuando una presunta víctima golpea al presunto perpetrador y el incidente se convierte en un acto de violencia. En éste ejemplo, es probable que la presunta víctima sea la persona que puede ser considerada agresor en el caso y resulte arrestada. 

Quizás en situaciones donde existe un potencial de violencia entre dos partes, la mejor solución es que ambas personas tomen caminos separados. Por supuesto, siempre es más fácil decirlo que hacerlo, sin embargo, la mayoría de las personas permanecen en una  situación que podría poner en riesgo la libertad al ser parte de una situación con  posibilidad de que surja violencia. En situaciones en las que no existe la posibilidad de ir por caminos separados debido a las circunstancias de la vida, siempre hay ayuda para quienes la solicitan. Muchas veces no es fácil salir de una situación como las descritas anteriormente, especialmente cuando una parte depende de la otra. Al mismo tiempo, esa persona no debería tener que sufrir incidentes de violencia simplemente por esta dependencia hacia la otra persona. 

Hay muchos usos que se le dan bajo la ley a  las órdenes judiciales de violencia doméstica, demasiados para enumerarlos en un artículo. Quizás, la mejor alternativa sería consultar con un especialista en violencia doméstica o un abogado para evaluar la mejor opción a seguir en su caso en particular. En última instancia, el objetivo principal de la medida cautelar es proteger a aquellas personas que son vulnerables frente a agresores, ya sean familiares, amigos o incluso simple conocidos. Si tiene alguna pregunta o necesita asesoría,  no dude en comunicarse con nuestra oficina para obtener más orientación. 

Andrés V. Gaeta, Esquire 

4950 Beach Boulevard, 

Jacksonville, Florida 32207 

904-385-5490 

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